Justicia obliga a devolver 37.200 pesos y 1.100 dólares por un viaje de egresados que nunca existió
La Justicia de La Plata acaba de dictar la sentencia que miles de familias argentinas esperaban: una agencia de turismo debe devolverle a una joven y a su padre todo el dinero que pagaron por un viaje de egresados a Uruguay y Brasil que nunca se concretó, más una indemnización por daño moral que alcanza los 900.000 pesos. El fallo, que puede convertirse en un precedente para los cientos de juicios similares que se tramitan en el país, dictamina que la empresa incurrió en incumplimiento contractual y que se aprovechó de la asimetría que la ley de consumo obliga a corregir.
El caso arranca en 2019, cuando la menor —hoy con DNI que ya no necesita autorización paterna— firmó con su padre un contrato de adhesión por un crucero de ocho días, excursiones y fiestas exclusivas. Entre seña, cuotas y dolarización informal desembolsaron 37.200 pesos y 1.100 dólares. La pandemia llegó, el viaje se postergó, y la excusa sanitaria se transformó en silencio absoluto: la agencia dejó de contestar WhatsApp, canceló los grupos de Telegram y ni siquiera respondió la carta documento que la familia envió en 2021. Fue entonces cuando el abogado de los damnificados, Lucas Gómez, presentó la demanda civil y comercial que terminó en el despacho de la jueza María Laura López, del Juzgado Nº 11 de La Plata.
Por qué el daño moral vale casi un millón de pesos
La magistrada no se conformó con la devolución del dinero: entendió que la frustración de una fiesta de egresados no es solo un contrato roto, sino la privación de un ritual cultural que en Argentina funciona como antesala simbólica de la adultez. Por eso fijó el monto de 900.000 pesos, que equivalen a unos 1.200 dólares oficiales al cambio actual, pero que para la economía de una familia de clase media representa casi tres meses de sueldo. La sentencia cita jurisprudencia de la Suprema Corte bonaerense que equipara el perjuicio moral de una adolescente con el de un accidente: «El daño no es la suma que se pagó, sino la experiencia que se arrebató», advierte.
El tribunal desestimó el agravante de daño punitivo que pedían los demandantes: consideró que la agencia no actuó con dolo ni «culpa grave» suficiente para castigarla ejemplarmente. Aun así, la condena incluye intereses pasivos del Banco Provincia desde la mora y las costas del proceso, lo que puede encarecer la factura final en otros 200.000 pesos. La empresa dispondrá de diez días hábiles para abonar; de lo contrario, se inicia el embargo de sus cuentas bancarias.

El punto débil que usó la jueza para fulminar a la agencia
La clave del veredicto fue la calificación del contrato como relación de consumo, amparada por la ley 24.240 y el artículo 42 de la Constitución. La jueza López destacó que la agencia impuso cláusulas por take-it-or-leave-it, sin posibilidad de negociar fechas ni destinos, y que el servicio fue adquirido por una menor, lo que duplica la protección. «No alcanza con ofrecer un viaje alternativo un año después ni con devolver el 75 % en pesos depreciados», sentenció.
El texto judicial también deja entrever una advertencia para el sector: la resolución ministerial 498/2020 —que autoriza a las operadoras a retener hasta el 25 % en cancelaciones por fuerza mayor— no puede invocarse si la empresa no la menciona expresamente en su contrato ni la aplica de forma transparente. Como la demandada nunca formalizó la retención, la norma quedó fuera del debate y la jueza no se expidió sobre su constitucionalidad.
El resultado es un mensaje claro: el silencio procesal se paga caro. La agencia, que durante el juicio cambió dos veces de razón social, no presentó pruebas, no ofreció testigos y ni siquiera envió un representante a la audiencia. La regla in dubio pro consumidor hizo el resto: cada duda se interpretó a favor de la familia.
Para la adolescente, ahora estudiante de Derecho, la sentencia llega tarde para el bronceado que nunca tuvo, pero a tiempo para financiar su primer auto o pagar la matrícula de la facultad. Para el sector turístico, sin embargo, es un wake-up call: las excusas de la pandemia se agotaron y los juzgados ya no aceptan devoluciones en cuotas ni pesos devaluados. El viaje de egresados ya no es un negocio de bajo riesgo; es una promesa que, si se incumple, puede costarle a la empresa el equivalente a una agencia completa.