Ocho meses de cárcel injusta: el estado indemniza con 26 euros diarios

Un hombre que pasó ocho meses en prisión preventiva, finalmente absuelto de un delito contra la salud pública, ha recibido una indemnización de apenas 6.400 euros de la Audiencia Nacional. La cifra, que equivale a poco más de 26 euros por cada día de detención injusta, contrasta con las más de 60.000 euros que solicitaba su defensa, poniendo de manifiesto las carencias del sistema judicial español en la reparación de errores.

La ausencia de criterios claros: un problema estructural

La ausencia de criterios claros: un problema estructural

El caso, que se remonta a marzo de 2017, se ha convertido en un claro ejemplo de lo que la defensa ha calificado como un “problema estructural” en España: la falta de criterios objetivos y homogéneos para fijar las indemnizaciones por prisión indebida. A diferencia de otros ámbitos, como los accidentes de tráfico o la compensación a pasajeros aéreos, donde existen baremos definidos, en estos casos la cuantía queda a merced de valoraciones casuísticas.

Tras la detención, el hombre fue encarcelado preventivamente hasta noviembre, momento en el que la Audiencia Provincial de Valencia anuló los registros policiales, lo que obligó al tribunal a absolverle en base a la teoría del árbol envenenado –la invalidación de las pruebas iniciales compromete toda la cadena procesal–. La defensa reclamó una indemnización de 60.010 euros, argumentando el alejamiento forzoso de su hija, la pérdida de una oferta de trabajo y los gastos de defensa.

Pero hay un detalle que revela la distancia entre la justicia buscada y la ofrecida: la Abogacía del Estado se opuso a la indemnización solicitada, proponiendo una cifra ridícula de 6.200 euros. La Audiencia Nacional, finalmente, fijó la indemnización en 6.400 euros, una cantidad que, según su propia sentencia, está “actualizada” a fecha de la resolución, pero que reconoce la “falta de criterios legales de baremación”.

La sentencia rechaza ampliar la indemnización por lucro cesante (la pérdida de ingresos por no poder trabajar), alegando que no se ha probado una ruptura de una relación laboral anterior, ni tampoco considerar los gastos de defensa, que, según la ley, deben resarcirse a través de la condena en costas.

Mientras tanto, en paralelo a este caso, el Ministerio de Justicia ha iniciado los trámites para una posible revisión del caso del ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, condenado por revelación de secretos. La disparidad en el trato entre ambos casos, uno con una indemnización ínfima por detención injusta y otro con la posibilidad de una revisión de una condena, es, cuanto menos, llamativa.

La cifra habla por sí sola: 26 euros al día por la privación de libertad de un hombre inocente. Una suma que, más allá de la compensación económica, pone en entredicho la eficacia y la equidad del sistema judicial español.